Si yo estuviera en el lugar del Alcalde de Upala yo demando
penalmente al periodista y a La Nación. Con un excelente abogado gano el
juicio. Veamos por qué: Del audio se
desprende que el periodista está en el lugar. Es decir, no tiene ninguna
dificultad para entrevistar directamente a la fuente. Y sin embargo, utiliza el
teléfono para entrevistarlo, a distancia. El periodista sabe lo que su
"presa" está haciendo y aprovechándose de que el alcalde de Upala
ignora este hecho lo atosiga con preguntas cuya respuesta el periodista refuta
porque tiene información que el alcalde ignora. En un momento del audio, el
periodista le revela que lo está viendo y sin embargo, continúa entrevistándolo
por teléfono.
La Constitución Política es muy clara en asuntos de
protección a la intimidad y a los derechos subjetivos de las personas.
Por otra parte, en el hecho propiamente existe alevosía del
periodista pues utiliza su condición y su ventaja para difundir dejando en
indefensión a su "fuente de noticia". El alcalde es descubierto en el
acto, queda paralizado y responde por reflejo.
Agréguese además, en defensa del alcalde, la vasta
jurisprudencia que existe a nivel internacional en el campo del Derecho a la
Información.
Por lo demás, es fácil demostrar que no se aplicaron las
normas éticas, técnicas y profesionales del periodismo para obtener la
información, sino artilugios amañados con el propósito evidente de llevar al
personaje entrevistado al propósito tramposo del periodista.
Y toda esta información está en el Facebook
.